Serán de interés común las decisiones relativas al armamento, equipo, aprovisionamiento, reparaciones ordinarias, conservación y seguro, fletamento y uso de la nave, y a la elección y contratación del capitán y tripulación.
Serán de interés común las decisiones relativas al armamento, equipo, aprovisionamiento, reparaciones ordinarias, conservación y seguro, fletamento y uso de la nave, y a la elección y contratación del capitán y tripulación.