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Código Penal Artículo 419. Utilizacion de asunto sometido a secreto o reserva

    El servidor público que utilice en provecho propio o ajeno, descubrimiento científico, u otra información o dato llegados a su conocimiento por razón de sus funciones y que deban permanecer en secreto o reserva, incurrirá en multa y pérdida del empleo o cargo público, siempre que la conducta no constituya otro delito sancionado con pena mayor.

    Aparte del Art 419 Código Penal de Colombia, Continue con los siguientes artículos:

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