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Código Sustantivo del Trabajo Artículo 232. Fecha de entrega

    Los empleadores obligados a suministrar permanente calzado y vestido de labor a sus trabajadores harán entrega de dichos elementos en las siguientes fechas del calendario: 30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre.

    Aparte del Art 232 Código Sustantivo del Trabajo de Colombia, Continue con los siguientes artículos:

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