En caso de que el trabajador no tuviere salario fijo se aplica la norma del artículo 228. AUXILIO DE CESANTIA.¿Qué Artículo Busca? Escríbalo aquí Buscar Aparte del Art 248 Código Sustantivo del Trabajo de Colombia, Continue con los siguientes artículos:Ir al índice Su Calificación nos Ayuda a MejorarRelacionadoPregunta y/o Responde Asesoría en LíneaCancelar respuesta