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Código Sustantivo del Trabajo Artículo 255. Trabajadores llamados a filas

    Los trabajadores que entren a prestar servicio militar, por llamamiento ordinario o en virtud de convocatoria de reservas, tienen derecho a que se les liquide y pague parcial y definitivamente el auxilio de cesantía, cualquiera que sea el tiempo de trabajo y sin que se extinga su contrato conforme a lo dispuesto en el ordinal 5o. del artículo 51.

    Aparte del Art 255 Código Sustantivo del Trabajo de Colombia, Continue con los siguientes artículos:

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