Saltar al contenido
Inicio » Código Sustantivo del Trabajo Artículo 263. Procedimiento

Código Sustantivo del Trabajo Artículo 263. Procedimiento

    Las empresas obligadas a pagar jubilación deben señalar en reglamento especial el procedimiento para obtener el reconocimiento de la pensión y las condiciones exigidas por este Código para tener derecho a ella.

    Aparte del Art 263 Código Sustantivo del Trabajo de Colombia, Continue con los siguientes artículos:

    Su Calificación nos Ayuda a Mejorar

    Pregunta y/o Responde Asesoría en Línea