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Código Sustantivo del Trabajo Artículo 266. Concurrencia de jubilación y cesantía

    La pensión de jubilación y el auxilio de cesantía son compatibles. En consecuencia, el derecho a disfrutar de la pensión de jubilación, cuando se cumplan los requisitos para la prestación, no excluye el derecho del trabajador a que se le pague el auxilio de cesantía por el tiempo servido.

    Aparte del Art 266 Código Sustantivo del Trabajo de Colombia, Continue con los siguientes artículos:

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