Saltar al contenido
Inicio » Código Sustantivo del Trabajo Artículo 287. Escuelas de alfabetizacion

Código Sustantivo del Trabajo Artículo 287. Escuelas de alfabetizacion

    Toda empresa está obligada a establecer y sostener una escuela de alfabetización por cada cuarenta (40) niños, hijos de sus trabajadores.

    Aparte del Art 287 Código Sustantivo del Trabajo de Colombia, Continue con los siguientes artículos:

    Su Calificación nos Ayuda a Mejorar

    Pregunta y/o Responde Asesoría en Línea