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Código Sustantivo del Trabajo Artículo 377. Prueba del cumplimiento de disposiciones legales o estatutarias

    El cumplimiento de la norma consignada en el artículo que antecede, así como el de las demás disposiciones legales o estatutarias que requieren un procedimiento especial o una mayoría determinada, se acredita con la copia de la parte pertinente del acta de la respectiva reunión.

    Aparte del Art 377 Código Sustantivo del Trabajo de Colombia, Continue con los siguientes artículos:

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