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Código Sustantivo del Trabajo Artículo 405. Definicion

    Se denomina “fuero sindical” la garantía de que gozan algunos trabajadores de no ser despedidos, ni desmejorados en sus condiciones de trabajo, ni trasladados a otros establecimientos de la misma empresa o a un municipio distinto, sin justa causa, previamente calificada por el juez del trabajo.

    Aparte del Art 405 Código Sustantivo del Trabajo de Colombia, Continue con los siguientes artículos:

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