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Código Sustantivo del Trabajo Artículo 71. Definicion

    Por enganche colectivo se entiende la contratación conjunta de diez (10) o más trabajadores para que se trasladen de una región a otra a prestar servicios a un empleador.

    Aparte del Art 71 Código Sustantivo del Trabajo de Colombia, Continue con los siguientes artículos:

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